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Pérez Zeledón multado fuertemente por gritos racistas de sus aficionados

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El Municipal Pérez Zeledón fue multado y advertido por el Tribunal Disciplinario de la Federación Costarricense de Fútbol (Fedefútbol) luego de que sus aficionados realizaron manifestaciones racistas en el duelo ante Puntarenas FC.

Además, en el cuadro generaleño también fueron sancionados los jugadores Diego Mesén y Jussef Delgado por confrontar de manera violenta a un rival.

Mientras que en el lado porteño los sancionados fueron Luis Torres y Keyder Bernard, al mismo tiempo que su preparador de arqueros estará lejos del banquillo por seis partidos.

Otras sanciones importantes son los tres partidos que le impusieron a Christian Reyes de Liberia, dos a Josimar Pemberton de Cartaginés y tres al preparador de arqueros del Santos.

Detalles de las sanciones

Municipal Pérez Zeledón

Al jugador Diego Mesén Calvo, con dos partidos de suspensión y una multa de 105.000°° colones, de conformidad con lo establecido en el artículo 37 inciso 2, por confrontar de manera violenta a un adversario.

Al jugador Jussef Delgado López, con dos partidos de suspensión y una multa de 105.000°° colones, de conformidad con lo establecido en el artículo 37 inciso 2, por confrontar de manera violenta a un adversario.

Al club con una multa de 525.000°° colones, de conformidad con lo establecido en el artículo 47, inciso c punto I, por las manifestaciones racistas de sus aficionados en contra de los jugadores de Puntarenas Fútbol Club. Se le recuerda al club que en caso de reincidir en esta conducta se le sancionará con jugar el próximo partido de local a puerta cerrada sin perjuicio de las demás sanciones.

Puntarenas FC

Al jugador Luis Fernando Torres Brenes con dos partidos de suspensión y una multa de 105.000°° colones, de conformidad con lo establecido en el artículo 37 inciso 2, por confrontar de manera violenta a un adversario.

Al jugador Keyder Bernard Cordero del Puntarenas FC con dos partidos de suspensión y una multa de 105.000°° colones, de conformidad con lo establecido en el artículo 37 inciso 2, por confrontar de manera violenta a un adversario.

Al preparador de porteros Harry Solano Aguirre de Puntarenas FC con seis partidos de suspensión y una multa de 225.000°° colones, de conformidad con lo establecido en el artículo.

Municipal Liberia

Al jugador Christian Reyes Alemán, con tres partidos de suspensión y una multa de 131.250°° colones, de conformidad con lo establecido en el artículo 37 incisos 3 y 4, por ser culpable de conducta violenta al golpear a un adversario y configurarse la agravante de no estar en disputa el balón.

Al preparador de porteros Jairo Villegas Hernández, con un partido de suspensión y una multa de 78.750°° colones, de conformidad con lo establecido en el artículo 36 inciso 1°, por protestar decisiones arbitrales.

Al preparador físico dos Gabriel Patat con un partido de suspensión y una multa de 78.750°° colones, de conformidad con lo establecido en el artículo 36 inciso 1°, por protestar decisiones arbitrales.

Al delegado Hancer Zúñiga Morales, con un partido de suspensión y una multa de 78.750°° colones, de conformidad con lo establecido en el artículo 36 inciso 1°, por protestar decisiones arbitrales.

Al club con una multa de 78.750°° colones, de conformidad con lo establecido en el artículo 73 inciso 4, al ser la segunda ocasión en la temporada en que se presenta la invasión pacífica de aficionados al finalizar el encuentro.

Asociación Deportiva San Carlos

Al club con una multa de 157.000°° colones de conformidad con el artículo 41 inciso 1°, al ser la segunda ocasión en la temporada en la que incurre en conducta incorrecta de equipo.

Asociación Deportiva Guanacasteca

Al club con una multa de 210.000°° colones de conformidad con el artículo 41 inciso 1°, al ser la tercera ocasión en la temporada en la que incurre en conducta incorrecta de equipo.

Club Sport Cartaginés

Al jugador Jossimar Pemberton Segura con dos partidos de suspensión y una multa de 105.000°° colones, de conformidad con lo establecido en el artículo 37 inciso 2, por utilizar lenguaje ofensivo en contra de un adversario.

Al club con una multa de 105.000°° colones, de conformidad con lo establecido en el artículo 74 inciso 1°, por los insultos proferidos por su afición en contra del jugador Luis Ronaldo Araya.

Al club con una multa de 183.750°° colones, al ser la octava ocasión en que retrasan el inicio del encuentro, lo anterior de conformidad con lo establecido en el artículo 32 inciso 1.

Asociación Deportiva Santos

Al preparador de porteros Pablo Camacho Ramírez, con tres partidos de suspensión y una multa de 183.750°° colones, de conformidad con lo establecido en el artículo 38 inciso 1, por utilizar lenguaje obsceno en contra del árbitro.

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