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Se confirma que no habrá público en los Estadios durante lo que resta del 2020

Depende de cómo evolucione la pandemia aficionados podrían regresar en el 2021 

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El Ministerio de Salud de Costa Rica envió un comunicado de prensa en donde se explica que las actividades de concentración masiva se mantienen suspendidas durante lo que resta de este año 2020. 

En el caso del fútbol, seguirá disputándose a puerta cerrada. La idea es volver poco a poco a partir en el 2021, pero todo dependerá de cómo evolucione la pandemia de Covid-19. 

Actualmente Costa Rica tiene más de 18 mil casos confirmados de coronavirus y las muertes superan las 150. 

''La aplicación de estas medidas administrativas temporales para la suspensión de autorizaciones sanitarias otorgadas a actividades de concentración masiva; es de acatamiento obligatorio, en todo el territorio nacional, como parte de las acciones preventivas y de mitigación dictadas por el Ministerio de Salud para la atención de la alerta amarilla por COVID-19. Igualmente aplicarán las medidas en los sitios de reunión pública con permisos sanitarios de funcionamiento aprobado'', dice el comunicado del Ministerio. 

''La suspensión se basará en la determinación de aquella actividad que favorezca el surgimiento de una cantidad muy elevada de cadenas de transmisión simultáneas o que se pueden dar en un corto periodo de tiempo, generadas de un mismo evento de concentración de personas y además promueva el desplazamiento desde diversas partes dentro y fuera del país'', agrega la nota. 

Podrán operar de lunes a domingo sin restricción horaria, sin público y a puerta cerrada, con el mínimo personal requerido: 

1. Actividades a puerta cerrada de teatros (incluyendo el Teatro Nacional y el Teatro Popular Melico Salazar), iglesias, municipalidades con sus sesiones de concejo municipal, consejos de distrito, reunión de comisiones y demás reuniones municipales, así como cualquier otro espacio cerrado para el desarrollo de transmisiones virtuales, con estricto cumplimiento de los protocolos preventivos y lineamientos emitidos por el Ministerio de Salud, y con el personal mínimo requerido. 

2. Deportes de contacto de alto rendimiento sin espectadores. 

Reprogramación de actividades de concentración masiva 

Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto 42221-S, ninguna actividad podrá ser reprogramada antes de enero del 2021. Posterior ha dicho mes, las reprogramaciones se harán bajo estrictas regulaciones de aforo gradual y progresivo de la siguiente manera: 

a. Reprogramaciones de enero 2021, solo podrán tener un aforo máximo de 50%, 

b. Reprogramaciones de febrero 2021, solo podrán tener un aforo máximo de 75%, 

c. Reprogramaciones, a partir de marzo 2021, podrán tener un aforo de 100%. 

Dichas reprogramaciones están sujetas a la voluntad de las partes y deberán respetar las disposiciones contenidas en la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor N° 7472 y su Reglamento respecto de la tutela de los derechos de las personas consumidoras. 

En todos los casos, el porcentaje de aforo será definido de conformidad con la capacidad establecida en el respectivo permiso sanitario de funcionamiento o autorización sanitaria otorgado a cada establecimiento o actividad respectiva. Además, en todos los casos, 

deberán acatarse las medidas sanitarias dictadas por el Ministerio de Salud y la posibilidad de reprogramación debe considerar que los supuestos dichos no confieren derechos adquiridos para los propietarios, productores y cualquier otro involucrado en la actividad regulada en caso de girarse otra disposición sanitaria en virtud de la salvedad estipulada en el artículo 7 del presente Decreto. 

Queda entendido por lo tanto que si la situación de la emergencia sanitaria por COVID-19 se mantiene, las reprogramaciones de actividades de concentración masiva podrían no ser autorizadas. 

Las actividades que quedan suspendidas son: 

A. Todas las actividades de concentración masiva que cuentan con o requieren de una autorización sanitaria para su ejecución, a decir:

1. Conciertos. 

2. Espectáculos públicos. 

3. Campos feriales. 

4. Actividades taurinas. 

5. Topes. 

6. Eventos deportivos (competitivos y/o recreativos). 

7. Festejos populares. 

8. Ferias y turnos comunitarios. 

9. Actividades de entretenimiento en centros comerciales. 

10. Festival Internacional de Cine. 

11. Organización de convenciones y exposiciones comerciales. 

12. Festival Nacional de las Artes. 

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