Los rojiamarillos aparecen con una deuda ₡344.409.841, algo que los heredianos manifiestan no está acorde a la realidad.
Junto a los florenses, aparecen como morosos el Santos de Guápiles, el Deportivo Saprissa, Liga Deportiva Alajuelense, Club UCR, Limón FC, Guadalupe FC y Municipal Grecia.
Aquí el comunicado
A LA AFICION HEREDIANA Como es costumbre siempre que se concluye un campeonato y esta por iniciar otro, cierto sector de la prensa nacional gusta sacar reportajes parciales y subjetivos, en relación con la situación de los equipos de la Primera División y sus obligaciones con la CCSS. Para no variar, nuestro amado Club Sport Herediano se torna en el foco de los ataques. Por ello, una vez más, FUERZA HEREDIANA sale en defensa de nuestra Institución y desmiente, como en este acto se hace, la información tendenciosa y malintencionada que ha salido a la luz pública, señalando al Herediano como el más grande deudor de la CCSS. La deuda que señala la prensa y la CCSS de aproximadamente ₡390.000.000,00 (trescientos noventa millones).
El 13 de noviembre del 2017 de la Gerencia Financiera de la CCSS realiza un Informe de Inspección de los salarios reportados por RBC RADIO LIMITADA, del 2008 al 2013, determinando una planilla adicional en contra de aquella sociedad, sin notificar a pesar de haberlo venido haciendo en otras ocasiones, en Heredia, Estadio Eladio Rosabal Cordero, sin dar traslado a FUERZA HEREDIANA S.A., en violación del Debido Proceso y del Derecho de Defensa, a fin de que se pudiere impugnar dicho cobro. Por el contrario, curiosamente, esta vez notifica a RBC RADIO en la figura de su representante doña Roxie Blen, quien ya estaba fallecida.
De esta forma y en estricta violación a los principios referidos, la CCSS incluye en el Sistema Digitalizado catalogando y registrando como morosa tanto a FUERZA HEREDIANA SOCIEDAD ANONIMA así como a la ASOCIACIÓN DEPORTIVA CLUB SPORT HEREDIANO por la deuda referida, acreditándole una suma que no compete, no se encuentra firme, y que fue dictaminada en violación de principios constitucionales y al Principio de Legalidad de la Administración Pública, y por ende no resulta ni liquida ni exigible.
El día 8 de febrero del 2018 y debido a la situación que les refiero, FUERZA HEREDIANA S.A., presenta una solicitud de Medida Cautelar Ante Causam ante el Tribunal Contencioso Administrativo que es acogida parcialmente mediante resolución de las 16:15 horas del 8 de febrero del 2018 y que señala ““SE ORDENA EN ESTE ACTO la suspensión inmediata únicamente del cobro de la planilla que cuestiona la representación de la parte actora; que según informe asciende a la suma de ₵ 394.786.177,00.” (el subrayado y las mayúsculas son del original). La CCSS fue debidamente notificada de esa sentencia del Tribunal Contencioso Administrativo, apersonándose debidamente al expediente. A pesar de la existencia y vigencia de la sentencia dictada por el Tribunal Contencioso Administrativo del 8 de febrero del 2018 el Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, la CCSS mantiene a FUERZA HEREDIANA S.A. como morosa por la deuda al amparo del Informe de Inspección No. 1212-01928-2017-I del 13 de noviembre del 2017 de la Gerencia Financiera de la CCSS y de la factura 121220171188920979-1 de esa Institución que genera la planilla que se cuestiona en el expediente referido y que fue ordenado por orden judicial (sentencia) se suspendiere su cobro, por lo que no puede entonces catalogarse de morosa a una Institución cuya deuda no puede ser cobrada por orden judicial, como irrazonablemente lo hace la CCSS.
Esta sinopsis relata en forma puntual, el camino judicial que hemos emprendido, en una controversia que consideramos se presenta por la violación principios básicos y elementales de Solidaridad Social, Legalidad, Debido Proceso y Derecho de Defensa, que es precisamente lo que hemos solicitado a la CCSS, atienda, abriendo incluso canales de comunicación con las Gerencias de esa Institución en procura de que atiendan la orden judicial y no la interpreten, como nos parece lo han hecho hasta la fecha.
A nuestra afición les reiteramos que no existe cobro judicial que determine embargo, retención o ponga en peligro los bienes de la Institución, que a la fecha hemos y seguiremos ejerciendo las acciones legales que sean pertinentes para defender a nuestra Institución. Por orden judicial, la presunta deuda que pretende recaudar la CCSS a FUERZA HEREDIANA no puede ser ejecutada, hasta que se discuta ante un juez y hasta sus instancias finales su procedencia, consecuentemente, si la deuda no es cobrable y esta cuestionada su validez, no puede hablarse de morosidad.
Reiteramos nuestro respeto a las instituciones estatales, y nuestro compromiso de honrar las deudas que tengamos, siempre que aquellas pasen por el tamiz de la legalidad y la institucionalidad. Será un Tribunal de la República quien determine si debemos rubro alguno a la CCSS y de cuanto sería este, y no las presiones o interpretaciones subjetivas de algunos sectores de esa Institución, quienes manteniéndonos en la lista de morosidad por apreciaciones arbitrarias y subjetivas, pretenden presionar para que paguemos lo que ellos determinan y creen se adeuda, para engrosar las arcas de un sistema de seguridad social que ve en riesgo el pago de pensiones y dilata la atención de los asegurados por manejos administrativos erróneos y descontrolados.
Fuerza Herediana