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En el año 2016 el equipo Real Pococí, que en ese momento se encontraba jugando en la segunda división del futbol costarricense, presentó un recurso por una sanción de quita de puntos y que al final provocó su descenso.

El martes de esta semana, 9 años después, el Tribunal de Conflictos Deportivos del ICODER resolvió a favor del Real Pococí.

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¿QUÉ PASÓ?

Todo el conflicto se generó en un partido en donde Real Pococí visitó a Aserrí. Ocurrió el 16 de abril del 2016.

Pococí, por motivo de fuerza mayor, no llevó el uniforme programado para ese juego. En principio los árbitros estaban de acuerdo jugar con el segundo uniforme y Aserrí no tenía ningún inconveniente, pero al final la escuadra local decidió no jugar.

El compromiso no se disputó y la Liga de Ascenso le dio los puntos a Aserrí. La apelación que presentó Real Pococí no fue aceptada.

El conjunto guapileño decidió llevar el tema al ICODER y nueve años después obtuvo respuesta.

¿Por qué se duró tanto?

La apelación estuvo 4 años en casación en la Sala Primera y el tema se alargó hasta el presente año ante la falta de nombramiento del Tribunal de Conflictos en el Icoder (hasta hace dos meses que se nombró).

En el ICODER le dieron la razón a la apelación presentada porque les aplicaron un reglamento que no estaba debidamente depositado en el Registro Nacional.

Con este veredicto Real Pococí buscará una indemnización por daños y perjuicios. También lucharán por la devolución del puesto que tenían en la Liga de Ascenso (LIASCE). Es importante acotar que por distintas razonez hoy el equipo no está compitiendo en ningun torneo. Podríamos decir que es un club desaparecido. 

SIMILITUD CON CASOS DE GUANACASTECA Y SANTOS

La queja que presentó Real Pococí, es la misma que están denunciando Guanacasteca y Santos luego de haber sido expulsados por el Comité de Licencias.

Ambos clubes afirman que fueron a buscar en el Registro Nacional el reglamento que utilizaron para sancionarlos y es distinto al que actualmente aparece en la web de la Fedefútbol.  

Al darse a conocer esta información con Real Pococí, Guanacasteca presentó el siguiente comunicado: "La ADG se siente muy complacida por el fallo que ha emitido el Tribunal Administrativo de Conflictos Deportivos del Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación (ICODER), donde dio la razón al equipo Real Pococí FC (en 2016 entonces en la Liga de Ascenso), ordenando anular los acuerdos y la sanción impugnada a dicho club profesional, por haberse aplicado en su contra reglamentos no inscritos oportunamente ante el Registro de Asociaciones, en conformidad con lo dispuesto al Artículo 56 de la Ley N° 7800 y el artículo 55 de su Reglamento General".  

"Se confirma una vez más, lo indicado por ADG, el Lic. Jiménez, y su equipo jurídico integrado por el Lic. Melvin Arias y la Licda. Diana Delgado, manifestando en la Revocatoria con Apelación en Subsidio, que hoy se encuentra en vía de estudio dentro del Tribunal de Apelaciones de la Federación Costarricense de Fútbol (FCRF), que el reglamento sancionatorio que se nos ha aplicado para la derogación de nuestra licencia de competición no estuvo depositado en el Registro Nacional", agrega la nota.
 
Las apelaciones de Guanacasteca y Santos tendrán que ser estudiadas por el Tribunal de Apelaciones de la Federación Costarricense de Fútbol. De no ser aceptada podrán acudir al Tribunal de Conflictos en el Icoder.

La ventaja que tienen Santos y Guanacasteca, a diferencia de Real Pococí, es que en estos momentos el Tribunal de ICODER está resolviendo en un plazo regular de 15 días.

Este es el Por Tanto del ICODER donde da la razón a Pococí: 

Por tanto:

1. Se ordena anular los acuerdos y sanción impugnada. Todo lo anterior por haber sido fundamentada en reglamentos no inscritos oportunamente ante el Registro de Asociaciones, de conformidad con lo que disponen el artículo 56 de la Ley N° 7800 y el artículo 55 de su Reglamento General.

2. En consecuencia, y por no haber Reglamentos que aplicar en el periodo alegado, al no haber nacido a la vida jurídica los utilizados por la entidad demandada, este órgano colegiado resuelve:
a. Se declara la violación a los derechos deportivos de la entidad actora por parte del Comité de Competición y Tribunal de Confictos Deportivos, ambos de LIASCE, al haber sido sancionada con Reglamentos sin validez jurídica alguna.

Fuente: Nicoya Deportes y Ascenso Total

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