LA SALA CONSTITUCIONAL DETERMINÓ QUE HUBO UN VICIO SUSTANCIAL EN EL PROCEDIMIENTO LEGISLATIVO
El pasado 25 de noviembre la Sala Constitucional se pronunció con respecto a la acción de inconstitucionalidad presentada por la Procuradoría General de la República sobre la ley n°7703.
Esta Sala ha declarado con lugar dicha acción con lo que se da por anulada la Ley de Creación del Premio Nacional Deportivo Claudia Poll. La sentencia dice lo siguiente:
"Por mayoría se declara con lugar la acción por un vicio sustancial en el procedimiento legislativo. En relación con los vicios de fondo se omite pronunciamiento por innecesario. En consecuencia, se anula la Ley Nº 7703 del 14 de octubre de 1997 “Creación del Premio Nacional Deportivo Claudia Poll”. De conformidad con el artículo 91 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional esta sentencia es declarativa y retroactiva a la fecha de vigencia de la norma citada, sin perjuicio de derechos adquiridos de buena fe. El Magistrado Rueda Leal da razones adicionales. La Magistrada Garro Vargas salva el voto en cuanto al vicio de procedimiento y en relación con el vicio de fondo lo declara con lugar. Reséñese esta sentencia en el Diario Oficial La Gaceta y publíquese íntegramente en el Boletín Judicial. Notifíquese al accionante, a la Presidenta de la Asamblea Legislativa o a quien ocupe su cargo."
En la acción de inconstitucionalidad, la Procuradoría General de la República, argumentó lo siguiente:
"Por tanto, no solo existe un vicio deprocedimiento, sino que, además, la amplitud con que se publicó la norma la convierte en irrazonable y desproporcionada, pues todo aquel que participe en un campeonato mundial, sin importar su categoría, y obtenga una medalla, podría ser merecedor del premio. Incluso el texto no especifica si se trata de una medalla de oro, plata o bronce y si varias personas podrían obtenerlo durante el mismo año y por el mismo evento deportivo. Afirma que esta no era la intención del legislador; sin embargo, la verdadera voluntad nunca se materializó en el texto finalmente aprobado."
En el año 2018, el nadador Jonathan Mauri Carabaguíaz, ganó por la vía judicial este premio argumentando que se le debía otorgar por haber ganado la medalla de oro en los 400 metros combinado en el Campeonato Mundial Másters de Natación en Gotemburgo, Suecia, en agosto de 2010. Este fallo propició la acción promovida por el procurador Dr. Julio Alberto Jurado Fernández.
La judoca Andrea Guillén Vargas interpuso una demanda similar a la de Mauri en Octubre del 2018. Ante este panorama, el Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda requería el fallo de la Sala Contitucional para solucionar la demanda planteada por Guillén y esclarecer si otros deportistas podían acceder al millonario premio a través de los tribunales judiciales.
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