La mañana de este lunes Santos de Guápiles brindó una conferencia de prensa para referirse a la expulsión que recibieron de la primera división por parte del Comité de Licencias.
Uno de los que habló fue el abogado y agente de jugadores Adolfo Hernández, quien forma parte de la defensa de los guapileños.
"Estoy asustado por cómo se está manejando el fútbol, no es correcto lo que están haciendo, el actuar de Licencias ha sido dictatorial", expresó Adolfo.
Hernández, quien fue el contacto directo para generar la llegada de Keylor Navas a Newell's de Argentina, hizo una amplia publicación en sus redes sociales explicando por qué considera que el Comité de Licencias no está actuando de forma correcta.
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¿PUEDE UN COMITÉ DE LICENCIAS DESCENDER A UN EQUIPO?
En Costa Rica se ha desatado una discusión profunda: ¿puede un Comité de Licencias quitarle la categoría a un equipo y enviarlo a la Segunda División o LINAFA? La respuesta, desde el punto de vista jurídico y deportivo, es clara: no puede hacerlo, al menos no como lo está planteando actualmente el Reglamento de Licencias nacional (sin contar y entrar en la discusión de reglamentos no inscritos)
Primero hay que entender que el sistema de licencias de clubes es una herramienta administrativa. Su función es asegurar que los equipos que participan en torneos profesionales cumplan con ciertos requisitos mínimos: infraestructura adecuada, sostenibilidad financiera, organización administrativa, cumplimiento legal, divisiones menores, entre otros.
En resumen: es un permiso temporal para competir en una temporada específica, no un título de propiedad sobre una categoría estructural del fútbol.
La categoría, en cambio, se gana y se pierde jugando.
En el fútbol, el derecho a estar en una división como la Primera División se conquista por méritos deportivos. Esa es la esencia misma del deporte profesional. Así funciona en todo el mundo y así lo ha establecido FIFA en sus reglamentos: los ascensos y descensos forman parte de un sistema competitivo basado en el resultado en cancha, no en resoluciones de escritorio.
Sin embargo, el Reglamento de Licencias en Costa Rica contiene una disposición —el artículo 73— que afirma que si a un club se le revoca la licencia, automáticamente pierde la categoría. Esto significa que, además de no poder participar en ese torneo, el club sería excluido estructuralmente de la división en la que compite, como si hubiera quedado último en la tabla, pero sin haber jugado. Es ahí donde se encienden todas las alarmas legales y deportivas.
Ese artículo no existe en los reglamentos de FIFA.
Ninguna norma internacional establece que perder la licencia equivalga a perder la categoría. Es más: FIFA ha sido tajante al señalar que las decisiones administrativas no pueden utilizarse para alterar el resultado de una competición, ni para reordenar las divisiones por fuera de los cauces deportivos y reglamentarios. Ese tipo de decisiones corresponden única y exclusivamente a los organizadores del torneo —como UNAFUT— y deben estar claramente reguladas en las normas de competición, aprobadas y comunicadas antes del inicio de la temporada.
Y aquí está el punto clave: las normas de UNAFUT 2024–2025 no establecen que un club pierde la categoría si se le revoca la licencia. El único escenario de descenso contemplado es el que deriva de la tabla acumulada y los mecanismos deportivos de permanencia y repechaje. No existe base normativa para que el Comité de Licencias imponga un descenso por vía administrativa.
Este principio además se encuentra expresamente reconocido en los Estatutos de UNAFUT, particularmente en su artículo 18, que regula el principio de promoción y descenso. Ese artículo establece que el derecho de un club a participar en un campeonato nacional se basa en primer lugar en los resultados meramente deportivos. Es decir, el sistema de competencia privilegia el mérito en cancha por encima de cualquier otro criterio.
En ese mismo artículo se reconoce que además del mérito deportivo, la participación depende del cumplimiento del sistema de licencias, pero esto se menciona como un requisito complementario, no como sustituto del rendimiento competitivo. El texto también prohíbe expresamente que se manipulen los derechos de participación mediante atajos jurídicos, fusiones, cambios de sede o estructuras que alteren la integridad del campeonato. Pero en ningún momento se autoriza al Comité de Licencias a determinar qué equipos pertenecen o no a una categoría.
De hecho, la licencia se renueva cada temporada. Si un club incumple los requisitos en un año, puede no ser admitido en el torneo de esa temporada. Pero eso no significa que pierda su condición de club de Primera División de forma definitiva. Si corrige lo necesario, podrá optar nuevamente por su licencia la siguiente temporada.
Por eso, imponer un descenso con base en el artículo 73 sería una medida desproporcionada, inconstitucional y antideportiva. Significaría permitir que un órgano sin competencia para decidir sobre la estructura de la liga —como el Comité de Licencias— imponga una sanción de máxima gravedad sin respaldo normativo, sin debido proceso, sin contradictorio y sin una base en las normas de competición. En otras palabras, un descenso por fuera de la cancha.
Ese tipo de medidas quebrantan el principio de legalidad, el derecho a la defensa y la integridad misma del sistema federado. El Tribunal Arbitral del Deporte ha advertido que las sanciones que afectan el estatus deportivo de un club no pueden surgir de comités técnicos, sino de procesos regulados, con instancias claras y funciones separadas entre los órganos que instruyen, sancionan y compiten.
En consecuencia, descender a un club por vía administrativa, sin haber perdido en la cancha, sin estar en el último lugar, y sin una base expresa en las normas de competición, sería un atentado directo contra el orden jurídico del fútbol nacional. No solo violaría reglamentos, estatutos y principios internacionales, sino que sentaría un precedente peligroso: que la cancha ya no decide, que el mérito no importa y que las categorías pueden definirse desde una oficina.
Defender el derecho a competir no es defender a un club en particular. Es defender el sistema. Es defender el fútbol.
Nota escrita por Adolfo Hernández (Abogado Santos)