Al Club Sport Herediano una multa de 75.000 colones de conformidad con el artículo 32 inciso 1 del Reglamento Disciplinario, ya que por segunda ocasión en la temporada retrasó el inicio del partido, sea en el primer o segundo tiempo.
Al Deportivo Saprissa una multa de 200.000 colones de conformidad con el artículo 41 inciso 1, ya que cinco personas o más fueron sancionadas con medidas disciplinarias por el cuarteto arbitral por tercera ocasión en la temporada.
A Liga Deportiva Alajuelense una multa de 1.000.000 colones de acuerdo con el artículo 54 quater faltas gravísimas inciso 1, debido a que por primera ocasión en la temporada no se dio un adecuado uso de mascarilla por parte de jugadores, miembros de cuerpo técnico, personal de apoyo o asistentes al partido.
Al jugador Francisco Flores Zapata, de Jicaral Sercoba, un partido de suspensión y una multa de 75.000 colones de conformidad con el artículo 35, por acumular su quinta tarjeta amarilla.
Al jugador Kevin Ruiz Rojas, de la AD Santos, cuatro partidos de suspensión y una multa de 250.000 colones por lo siguiente: a) Un partido de suspensión y una multa de 75.000 colones por interpelar al árbitro y formular reclamos de manera violenta y b) Tres partidos y una multa de 175.000 colones por provocar al árbitro.
Al director técnico Erick Rodríguez Santamaría, de la AD Santos, un partido de suspensión y una multa de 75.000 colones de conformidad con el artículo 37 inciso 1, por desaprobar decisiones arbitrales por primera ocasión en la temporada.
Al Municipal Pérez Zeledón una multa de 100.000 colones de conformidad con el artículo 41 inciso 1, ya que cinco personas o más fueron sancionadas con medidas disciplinarias por el cuarteto arbitral por primera ocasión en la temporada.
A la AD Santos una multa de 150.000 colones de conformidad con el artículo 41 inciso 1, ya que cinco personas o más fueron sancionadas con medidas disciplinarias por el cuarteto arbitral por segunda ocasión en la temporada.
A la Asociación Deportiva San Carlos una multa de 2.500.000 colones de conformidad con lo siguiente: a) Una multa de dos millones de colones, debido a que por segunda ocasión en la temporada no se dio un adecuado uso de mascarilla por parte de jugadores, miembros de cuerpo técnico, personal de apoyo o asistentes al partido y b) Una multa de quinientos mil colones por permitir el ingreso de más personas de las autorizadas para la realización del partido por primera ocasión en la temporada.
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