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Jerry Bengston el primer sancionado

A partir del torneo de Apertura 2017 la Federación Costarricense de Fútbol (FEDEFÚTBOL) asumió el Tribunal Disciplinario, dicho órgano será el encargado de establecer las sanciones tanto para la Primera División como para la Liga de Ascenso. Actualmente este tribunal se encuentra integrado por los Abogados: Miguel Chacón, Raúl Acosta, Piero Gervazzoni, Natalia Martínez, Mario Sánchez, José Antonio Díaz, Alexander Zamora y Federico Morales.

La FEDEFÚTBOL decidió asumir el tribunal a raíz de la polémica que desató dicho órgano cuando se encontraba en manos de la Unión de Clubes de Fútbol de la Primera División (UNAFUT), por las decisiones que tomó y la lentitud con la que se resolvieron algunas situaciones.

 El objetivo de la FEDEFÚTBOL es que el tribunal resuelva con mayor celeridad, alejado de cuestionamientos que empañen sus actuaciones, que sea transparente e imparcial.

La principal novedad es que dicho tribunal podrá actuar de oficio, investigar y aplicar sanciones cuando se presenten hechos que no fueron incluidos en el informe arbitral o en el informe del Comisario de UNAFUT. Esta forma de actuación se aplica en otras ligas a nivel mundial, como la Major League Soccer (MLS) que en el mes de mayo de 2017 sancionó al costarricense José Guillermo Ortiz -en aquel momento jugador del DC United- por simular una falta que fue sancionada como penal (la sanción consistió en un partido de suspensión y una multa económica no revelada). 

Nuevas potestades 

El Tribunal Disciplinario podrá actuar de oficio, investigar y aplicar sanciones cuando se esté frente a actuaciones fraudulentas y/o hechos sucedidos en el partido pero no reportados en el informe arbitral o del Comisario ya que se considera que se está actuando en contra de las reglas del Juego Limpio. El Reglamento Disciplinario de Fútbol de la Primera División define, en el artículo 5, la actuación fraudulenta como: “…fingir una falta induciendo al árbitro en error o engaño, y que esto provoque la expulsión de un jugador adversario o bien provoque el señalamiento de un penal contra el equipo adversario…” y los hechos no reportados del desarrollo de un partido como: “…hechos ocurridos dentro del terreno de juego o dentro del desarrollo del partido pero que no fueron reportados ni por el árbitro ni por el Comisario. Estas conductas serán objeto de sanción por parte del Tribunal Disciplinario.”

El artículo 35 de dicho cuerpo normativo es el que establece la cantidad de partidos que puede aplicarse a un jugador cuando incurre en una actuación fraudulenta así como la multa. Ambos extremos van en aumento en caso de reincidencia y para que proceda la sanción, la actuación fraudulenta tiene que haber provocado la expulsión de un jugador adversario o el señalamiento de un penal en contra del equipo adversario.

El equipo que haya resultado afectado por la actuación fraudulenta también puede solicitar el conocimiento del Tribunal Disciplinario y la eventual aplicación de una sanción.

El caso Bengston 

El pasado 1° de agosto, el Tribunal Disciplinario comunicó la primera sanción a la luz de éste procedimiento. Se trata de una sanción al jugador hondureño del Deportivo Saprissa, Jerry Bengston, ya que en el partido de su equipo versus A.D. Carmelita, fingió una falta que fue señalada por el Árbitro Central, Hugo Cruz, como penal. El delantero fue sancionado con dos partidos de suspensión y una multa de cien mil colones (sanción menos gravosa que establece el Reglamento para cuando se incurre por primera vez en actuación fraudulenta).

Los clubes deberían acuerpar la decisión de castigar las simulaciones dentro de un terreno de juego, ya que es una forma de eliminar malas prácticas -calificadas por algunos como picardía- y de contribuir con el arbitraje del que tanto se han quejado en los últimos años. Claro que se debe exigir que el reglamento se aplique a todos los clubes por igual pero no deberían recurrir estas sanciones sino más bien deberían reprimir a los jugadores que incurren en esa práctica.    

Lic Rodrigo Chaves Jiménez 

Especialista en Derecho Deportivo

 

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