El Tribunal Disciplinario de UNAFUT anunció este viernes que el mediocampista José Luis Cordero deberá cumplir tres partidos de suspensión tras ser expulsado en la última jornada del Invierno 2016.
Estos son los castigos y las multas:
BELÉN FC
Leonardo Adams Aguilera (jugador)
tres partidos de suspensión y una multa de ¢175.000.00 (CIENTO SETENTA Y CINCO MIL COLONES), por utilizar lenguaje ofensivo y grosero contra oficiales de partido, de conformidad con el artículo 38 inciso a), del Reglamento Disciplinario de UNAFUT 2016-2017.
José Luis Cordero Manzanares (jugador)
Tres partidos de suspensión y una multa de ¢175.000.00 (CIENTO SETENTA Y CINCO MIL COLONES), por utilizar lenguaje ofensivo y grosero contra oficiales de partido, de conformidad con el artículo 38 inciso a), del Reglamento Disciplinario de UNAFUT 2016-2017.
Al equipo
Una multa de ¢100.000.00 (CIEN MIL COLONES), por incurrir en conducta incorrecta en el terreno de juego, debido a que el árbitro tomó medidas disciplinarias contra al menos 5 diferentes integrantes de su equipo, siendo ésta la primera vez, de conformidad con el artículo 41 inciso a), del Reglamento Disciplinario de la UNAFUT 2016-2017.
AD. SANTOS
Al equipo
Una multa de ¢100.000.00 (CIEN MIL COLONES), por incurrir en conducta incorrecta en el terreno de juego, debido a que el árbitro tomó medidas disciplinarias contra al menos 5 diferentes integrantes de su equipo, siendo ésta la primera vez, de conformidad con el artículo 41 inciso a), del Reglamento Disciplinario de la UNAFUT 2016-2017.
AD. SAN CARLOS
Sandro Alfaro Gamboa (secretario técnico)
Un partido de suspensión y una multa de ¢75.000.00 (SETENTA Y CINCO MIL COLONES), por desobedecer las órdenes del cuerpo arbitral, interpelarlo de cualquier forma, formular reclamos, pedir explicaciones en forma airada, aplaudir o con cualquier otro gesto cuestionar irrespetuosamente una decisión arbitral, ya sea de aprobación o de reproche en forma de burla, siendo ésta la primera vez de conformidad con el artículo 36 inciso a), del Reglamento Disciplinario de UNAFUT 2016-2017.
CS. CARTAGINÉS
Paolo Jimenez Coto (jugador)
Dos partidos de suspensión y una multa de ¢100.000.00 (CIEN MIL COLONES), por golpear de cualquier manera mediante el juego brusco grave, especialmente mediante el empleo desmesurado de la fuerza o juego brutal o violento, de conformidad con el artículo 37 inciso c), siendo ésta la primera vez, del Reglamento Disciplinario de UNAFUT 2016-2017.
Al equipo
Una multa de ¢100.000.00 (CIEN MIL COLONES), por el lanzamiento de OBJETOS por medio del público, que por sus características puedan causar una lesión, aun cuando NO haya contactado ninguno de los actores enumerados en el artículo 3 del presente reglamento incluyendo los árbitros, Autoridad Pública y Privada o personas que se encuentren en el terreno de juego, siendo ésta la primera vez, de conformidad con el artículo 67 punto 2, del Reglamento Disciplinario de la UNAFUT 2016-2017.
Una multa de ¢50.000.00 (CINCUENTA MIL COLONES), por ingresar 2 minutos tarde al terreno de juego, al inicio del segundo tiempo, siendo ésta la primera vez, de conformidad con el artículo 33 inciso a), del Reglamento Disciplinario de la UNAFUT 2016-2017.
Una una multa de ¢100.000.00 (CIEN MIL COLONES), por incumplir con las obligaciones establecidas en el Reglamento de Competición sobre el desalojo y respeto de las zonas amarillas y de seguridad en cada uno de los estadios a efecto de garantizar el libre tránsito en esos espacios, siendo ésta la primera vez, de conformidad con el artículo 65 inciso d), del Reglamento Disciplinario de la UNAFUT 2016-2017.
L.D. ALAJUELENSE
Al equipo
Una multa de ¢100.000.00 (CIEN MIL COLONES), por no tomar las medidas necesarias de seguridad que impidan o permitan el expendio o ingreso de artículos no permitidos según lo dispuesto por Unafut y que haya sido debidamente comunicado antes del inicio de la Temporada, entre ellos, pero no limitados: Láser, siendo ésta la primera vez, de conformidad con el artículo 55 punto 3 inciso f), del Reglamento Disciplinario de la UNAFUT 2016-2017.