El Tribunal Disciplinario de la Fedefútbol dio a conocer las sanciones impuestas de acuerdo con el Reglamento Disciplinario del Fútbol de la Primera División, luego de la jornada 14 del Torneo de Clausura 2025 de la UNAFUT.
Guanacasteca
-Sancionar al jugador José Francisco Ugalde Víquez con 2 partidos de suspensión y una multa de 125.000,00 colones de conformidad con lo establecido en el artículo 37 inciso 3), por golpear a un adversario con juego brusco grave.
-Sancionar al club con una multa de 200.000,00 colones de conformidad con lo establecido en el artículo 41 inciso 1) por incurrir en conducta incorrecta por sexta ocasión en la temporada.
-Sancionar al club con una multa de 1.000.000,00 de colones y la clausura por un partido del 20% del sector de la gradería que se dispone a la venta con el precio menor en su próximo partido de local, de conformidad con lo establecido en el artículo 71 inciso 6.a), por cuanto su afición durante el encuentro participó en conflictos multitudinarios en las instalaciones del estadio y los hechos se consideran graves y afectan la imagen de la actividad deportiva.
Municipal Liberia
-Sancionar al club con una multa de 1.000.000,00 de colones y la clausura por un partido del 20% del sector de la gradería que se dispone a la venta con el precio menor en su próximo partido de local, de conformidad con lo establecido en el artículo 71 incisos 1) y 2), por cuanto su afición durante el encuentro participó en conflictos multitudinarios en las instalaciones del estadio y los hechos se consideran graves y afectan la imagen de la actividad deportiva.
-Sancionar al club en su condición de club organizador del partido, con una multa de 600.000,00 colones y el apercibimiento de veto de uso de estadio para los próximos dos partidos de local, de conformidad con lo establecido en el artículo 55 inciso 2.i), por permitir el ingreso de objetos no autorizados (bombas de humo) por segunda vez en la temporada.
Sporting FC
-Sancionar al jugador Giancarlo González Castro con 2 partidos de suspensión y una multa de 125.000,00 colones de conformidad con lo establecido en el artículo 37 inciso 3), por golpear con fuerza excesiva a un adversario.
-Sancionar al club con una multa de 150.000,00 colones de conformidad con lo establecido en el artículo 32 inciso 7), por incumplir con el tiempo debido las listas de jugadores y cuerpo técnico.
Santa Ana
-Sancionar al jugador Nixon Guylherme Rocha Brizolara con 2 partidos de suspensión y una multa de 125.000,00 colones de conformidad con lo establecido en el artículo 37 inciso 3), por ser responsable de juego brusco grave en contra de un adversario.
-Sancionar al club con una multa de 420.000,00 colones de conformidad con lo establecido en el artículo 43, por insultar al cuerpo arbitral y se apercibe al encargado del sonido ambiente del estadio, Daniel González, que en caso de reincidencia se le sancionará con la prohibición de acceso a estadios.
Santos
-Sancionar al club con una multa de 200.000,00 colones de conformidad con lo establecido en el artículo 41 inciso 1), por incurrir en conducta incorrecta por tercera ocasión en la temporada.