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Dicho comité se reunió este martes en sesión ordinaria y al analizar el recurso presentado por Limón FC, llegó a la conclusión de que el recurso de revocatoria es extemporáneo, con fundamento en el artículo 108 del reglamento de competición, que dicta que este tipo de recursos debe interponerse el día hábil siguiente a la notificación del acto, acuerdo o resolución que se quiera revocar. 

Según la resolución número 01-2021, la impugnación se dirige contra la resolución del Comité que acordó como descendido de la temporada 2020-2021 al equipo Limón FC, acordada el 1 de junio 2021 y comunicada el 2 de junio 2021 a los clubes afiliados, la revocatoria del equipo limonense fue presentada el día 7 de junio del presente, reglamentariamente corresponde rechazar ad-portas por extemporáneo. 

El Comité de Competición trasladó el caso al Consejo Director de UNAFUT para que estudie si procede conocer el recurso de apelación en subsidio, este último órgano se reunirá el próximo viernes.

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