El pasado viernes 8 de marzo el equipo de Liberia recibió a Pérez Zeledón y le ganó 3-1 en duelo correspondiente a la jornada 11 del Torneo de Clausura 2024.
Tras el partido jugadores del conjunto generaleño causaron daños en el Estadio Edgardo Baltodano Briceño.
Por ese motivo Pérez Zeledón tendrá que pagar una multa económica.
DETALLE DE LAS SANCIONES PARA PÉREZ ZELEDÓN
-Al jugador Keral Ríos Castillo con un partido de suspensión y una multa de 78.750 colones de conformidad con lo establecido en el artículo 34, por recibir dos tarjetas amarillas en un mismo partido.
-Al club con una multa de 52.500 colones de conformidad con lo establecido en el artículo 32 inciso 1°, por retrasar el inicio del partido por primera ocasión en la temporada.
-Al club con una multa de 525.000 colones por causar daños a las instalaciones del estadio, además se ordena al Municipal Pérez Zeledón pagar la reparación de los daños, para lo cual el Municipal Liberia deberá presentar factura de los gastos incurridos en la reparación, lo anterior de conformidad con lo establecido en el artículo 37 inciso 5, ya que uno de sus jugadores, el cual no fue identificado causó daños a las instalaciones del estadio.
OTRAS SANCIONES
Club Sport Cartaginés
-Al club con una multa de 183.750 colones de conformidad con el artículo 32 inciso 1, por ser la novena ocasión en que retrasa el inicio del encuentro.
Sporting FC
-Al jugador Alejandro Reyes Cerna, con 2 partidos de suspensión y una multa de 105.000 colones de conformidad con el artículo 37 inciso 3, por ser responsable de juego brusco grave al hacer una entrada a un adversario con uso de la fuerza excesiva.
Club Sport Herediano
-Al club con una multa de 210.000 colones de conformidad con el artículo 54 Ter b), por no destacar las zonas amarillas.
Municipal Liberia
-Al club con una multa de 157.000 colones de conformidad con el artículo 72 inciso, ya que por segunda ocasión se da el lanzamiento de objetos no contundentes desde la gradería al terreno de juego.
-Al club con una multa de 210.000 colones de conformidad con el artículo 72 inciso 1, ya que por tercera ocasión se da el lanzamiento de objetos no contundentes desde la gradería al terreno de juego.
AD Santos
-Al jugador Jordy Evans Solano, con un partido de suspensión y una multa de 78.750 colones de conformidad con el artículo 35, por acumular su quinta amarilla en el Campeonato.
Liga Deportiva Alajuelense
-Al jugador Yael López Fuentes, con 2 partidos de suspensión y una multa de 105.000 colones de conformidad con el artículo 37 inciso 3, por ser responsable de juego brusco grave al hacer una entrada a un adversario con uso de la fuerza excesiva.
AD Guanacasteca
-Al club con una multa de 210 000 mil colones de conformidad con el artículo 55.2 inciso I, al ser la primera ocasión en que se da el ingreso de objetos no permitidos (bombas de humo).