Las sanciones inician con las impuestas a los jugadores Kevin Cunningham de Limón FC y Douglas López de la AD Santos con un partido de suspensión y una multa de 75.000 colones por recibir dos tarjetas amarillas en un mismo encuentro, así lo indica el artículo 34 del Reglamento Disciplinario.
Aplicando el artículo 37 inciso 3, el Tribunal sancionó a cuatro jugadores. A Jemark Hernández de Limón FC con dos juegos de suspensión y una multa de 100 mil colones por conducta violenta al patear un rival. Así como a Ariel Soto del Club Sport Herediano y Rudy Dawson del Sporting FC, por juego brusco grave al realizar una entrada con uso de fuerza excesiva.
Mientras que a Kenner Gutiérrez del Club Sport Cartaginés deberá purgar tres juegos y pagar una multa de 125.000 colones por golpear a un adversario en el rostro y configurarse el agravante de realizar dicha acción sin estar en disputa el balón.
Por su parte, el director técnico Daniel Casas de Limón FC fue amonestado con tres partidos de suspensión y una multa de 175.000 colones por utilizar lenguaje ofensivo en contra de un oficial de partido. De conformidad con el artículo 38 inciso 3.
Las sanciones finalizan con la del asistente técnico Diego Giacone del Sporting FC con un partido de suspensión y una multa de 75.000 colones por protestar decisiones arbitrales, así lo indica el artículo 36.
Sobre las multas a los clubes, el Tribunal Disciplinario impuso las siguientes,
El Sporting FC y Jicaral Sercoba tienen una multa de 200.000 colones ya que cinco personas o más fueron sancionadas por el cuarteto arbitral por décima y quinta ocasión en la temporada, respectivamente, según artículo 41, inciso 1.
Al Club Sport Cartaginés se le impusieron dos multas, la primera por 200.000 debido a que cinco personas o más fueron sancionadas por el cuarteto arbitral por octava ocasión en la temporada, según el artículo 41, inciso 1. Y la segunda por 400.000 colones por las ofensas proferidas por Pablo Meza del departamento prensa del Club Sport Cartaginés al árbitro asistente #2; asimismo, se le apercibe de que en caso de reincidir en la conducta sancionada se le prohibirá el acceso a estadios por tres partidos y la multa correspondiente. Así lo indica el artículo 43.
Misma multa, se le impuso al club limonense por 400.000 colones y según el artículo 43, debido a las ofensas proferidas por el fotógrafo Fabio Escalante recibiendo además un apercibimiento que en caso de reincidir en la conducta sancionada se le prohibirá el acceso a estadios por tres partidos y la multa correspondiente.
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