Buscar en Google:

12 PM AL PIE DEL DEPORTE CON EVERARDO HERRERA SOTO 17/9/2024

Para escuchar transmisión dar click en el parlante ubicado en la parte inferior derecha del video.

Avanza ley para prohibir en toda Costa Rica juegos de pólvora sonoros

En Costa Rica avanza una ley en busca de prohibir los juegos de pólvora sonoros. Esto, ante los efectos negativos que genera para las personas, animales y medio ambiente.  

De momento el panorama es alentador. 

"Con criterio unánime, la Comisión de Ambiente de la Asamblea Legislativa avanzó en el expediente de ley 23.572, el cual prohíbe los juegos de pólvora sonoros a nivel nacional. El texto, impulsado por el oficialista Alexander Barrantes, busca normar actividades de pirotecnia que afectan a personas con distintos tipos de trastornos, así como mascotas", detalla una información publicada por Diario Extra. 

En el 2023 el Colegio de Profesionales en Psicología de Costa Rica emitió un pronunciamiento en el que llamó a todas las instituciones, organizaciones y público en general, a evitar las celebraciones con pólvora sonora con el objetivo de tener unas fiestas de final de año empáticas con las personas con Trastorno del Espectro Autista (TEA).

LA NORMA EN LEY 23.572 

El artículo 4 señala que “únicamente se permitirá en el país el uso de pólvora no ruidosa, por parte de las empresas dedicadas a los espectáculos pirotécnicos”. 

Además, las personas autorizadas por el Ministerio de Salud podrán realizar espectáculos pirotécnicos con pólvora no ruidosa, bajo previo permiso de la Dirección de Armamento, del Ministerio de Seguridad Pública (MSP). 

La única que se utilizará en los espectáculos públicos no podrá superar un sonido mayor a los 85 decibeles.

PROHIBICIONES 

El texto establece que únicamente se permitirá la fabricación, almacenamiento, comercialización, importación, exportación y uso de productos pirotécnicos con sonido no mayor a los 85 decibeles.

Queda prohibida la adquisición, posesión, portación, venta, importación, exportación, fabricación, almacenaje. 

Lo mismo para pólvora explosiva, lucería, sonora, aérea, entre otras.  

SANCIONES  

Adicionalmente se establecen multas en caso de que una persona utilice pólvora sonora. 

Así, quien detone artículos pirotécnicos mayores a 85 decibeles sería sancionado con una multa de dos a diez salarios base (¢924.400-¢4.622.000). 

Lo recaudado por concepto de multas que se desprenden del artículo anterior deberá ser destinado a campañas de concientización sobre los riesgos del uso de la pirotecnia para las personas y los animales.

Fuente: Diario Extra