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Después de haber dado positivo por cocaína en un control antidopaje durante el ATP 250 de Mallorca, el tenista australiano Nick Kyrgios recibió una llamativa sanción: apenas un mes de suspensión.

La prueba fue realizada el 22 de junio, mientras disputaba el certamen español. El análisis encontró benzoilecgonina, el principal metabolito que genera el organismo después del consumo de cocaína. Ese mismo día, quedó eliminado en el debut frente a Adam Walton por 6-3 y 6-4.

El resultado fue confirmado el 17 de julio y, a partir de allí, la ITIA dispuso una suspensión provisional que comenzó el 4 de agosto y quedó vinculada al procedimiento disciplinario iniciado tras el control.

Durante el proceso, el exnúmero 13 del mundo admitió haber consumido cocaína varios días antes de competir en Mallorca. Además, asumió la responsabilidad por lo sucedido y aceptó someterse a un tratamiento, dos factores determinantes para establecer la duración definitiva del castigo.

La cocaína está incluida por la Agencia Mundial Antidopaje entre las sustancias prohibidas y clasificadas como estimulantes y sustancias de abuso. Por ese motivo, una infracción puede derivar en una pena considerablemente más extensa.

¿POR QUÉ UN CASTIGO DE UN MES? 

Sin embargo, la normativa contempla una reducción cuando se acredita que el consumo ocurrió fuera de competición y no tuvo como objetivo mejorar el rendimiento deportivo. En esas circunstancias, el castigo puede bajar a tres meses.

A su vez, existe una posibilidad adicional de reducción para quienes aceptan completar un programa de tratamiento aprobado. Esa condición fue la que permitió llevar la sanción hasta un mes en este caso.

De esta manera, el australiano aceptó la suspensión provisional desde el 4 de agosto y se comprometió a realizar el tratamiento establecido. Así, terminó recibiendo la pena mínima prevista para una situación de estas características.

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