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El Tribunal Disciplinario de la Federación Costarricense de Fútbol dio a conocer las sanciones luego de la séptima jornada del Torneo de Clausura 2025.

Los futbolistas Michael Barrantes, Keysher Fuller y Ariel Rodríguez fueron castigados con 3 partidos cada uno.

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Santa Ana FC

Sancionar al asistente técnico Ismael Alberto Gómez con 3 partidos de suspensión y una multa de 200.000 colones de conformidad con lo establecido en el artículo 38 inciso 1), por ser responsable de utilizar lenguaje ofensivo y grosero en contra de un oficial de partido.

Sancionar al jugador Michael Barrantes Rojas con 3 partidos de suspensión y una multa de 200.000 colones de conformidad con lo establecido en el artículo 38 inciso 1), por insultar y utilizar lenguaje ofensivo y grosero en contra de un oficial de partido.

Sancionar al jugador Michael Barrantes Rojas con una multa de un millón de colones de conformidad con lo establecido en el artículo 44BIS, por referirse al arbitraje en términos ofensivos y peyorativos.

San Carlos

Sancionar al director técnico Martín Marcelo Arriola Sobrino con 2 partidos de suspensión que se dividen así:

1 partido de suspensión y una multa de 100.000 colones de conformidad con lo establecido en el artículo 36 inciso 1), por ser responsable formular reclamos de forma airada y exaltada en contra de una decisión del cuerpo arbitral.
1 partido de suspensión una multa de 100.000 colones de conformidad con lo establecido en el artículo 31, por negarse a salir del terreno de juego luego de haber sido expulsado.
Sancionar al club con una multa de 200.000 colones de conformidad con lo establecido en el artículo 41 inciso 1, por incurrir en conducta incorrecta por cuarta ocasión en la temporada.

Municipal Liberia

Sancionar al jugador Keysher Fuller Spence con 3 partidos de suspensión y una multa de 225.000 colones de conformidad con el artículo 37 inciso 3), al ser responsable de conducta violenta en contra de un adversario y configurarse el agravante de no estar en disputa el balón.

Sancionar al club con una multa de 225.000 colones de conformidad con lo establecido en el artículo 32 inciso 1), al ser la segunda ocasión en la temporada en que retrasa el inicio del partido o de la segunda parte.

Deportivo Saprissa

Sancionar al jugador Ariel Francisco Rodríguez Araya con 3 partidos de suspensión y una multa de 225.000 colones de conformidad con el artículo 37 inciso 3), al ser responsable de conducta violenta en contra de un adversario y configurarse el agravante de no estar en disputa el balón.

Alajuelense

Sancionar al club con una multa de 52.500 colones de conformidad con lo establecido en el artículo 73 inciso 4), por la invasión pacífica de aficionados al terreno de juego una vez finalizado el encuentro, por primera ocasión en la temporada.»

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