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Belén presenta apelación exigiendo los puntos ante Saprissa

El equipo de Belén FC presentó un recurso de Revocatoria con apelación en subsidio y nulidad absoluta sobre la suspensión del partido del pasado 4 de octubre contra su similar del Deportivo Saprissa. 

Los morados pospusieron el partido por tener 4 convocados a la selección sub23. 

Según informa el equipo de Belén, tanto la escuadra de Saprissa como el Comité de Competición, violentan la Reglamentación y Normas de Unafut para el Torneo 2015-2016, en sus artículos 17, 18, 24, 83 y 84 del Reglamento de Competición y artículo 12 inciso g) de las Normas de Competición, por lo siguiente:

Al Deportivo Saprissa el 1 de octubre le cierran el estadio Ricardo Saprissa y toda actividad administrativa y comercial relacionada directa o indirectamente con su actividad económica, por ende no podía ejercer ninguna acción administrativa (el cual lo hace enviando una nota suspendiendo del partido)

El artículo 83 párrafo segundo del Reglamento de Competición establece que un club afiliado que juegue de local podrá solicitar la modificación de la programación con al menos diez días hábiles de anticipación a la fecha de realización del partido, por lo que la solicitud de suspensión o modificación de la jornada No. 12 está fuera del plazo reglamentario para su proceder y debió ser rechazada

En el artículo 83 del reglamento de competición dice lo siguiente: ‘’Sin perjuicio de lo anterior, el Comité podrá autorizar con al menos setenta y dos horas de antelación a la realización del partido, la modificación de la fecha, la hora y el estadio en que deba jugarse el partido’’ (En este punto se ve que infligieron el mismo ya que a Belén FC lo notifican el viernes dos de octubre, y el Deportivo Saprissa solicita la suspensión del partido el jueves 1 de octubre a las 4:30pm, es claro que no existen las 72 horas de antelación que habla el artículo 83, ni el acuerdo de PARTES)

El Comité de Competición de UNAFUT, violenta gravemente los artículos 17 y 18 en concordancia con el artículo 83 inciso b) final del Reglamento de Competición, en su Sesión Ordinaria No. 21 C.I.15 de las 17:00 horas del 01 de octubre de 2015, Artículo Segundo inciso 1), al celebrarse lo acordado por medio de una Sesión Ordinaria, cuando reglamentariamente debió ser por medio de una Sesión Extraordinaria para conocer de lo que urgía tramitar. 

Fuente: Prensa Belén FC