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En una decisión que fortalece la libertad de expresión en el ámbito deportivo, la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia anuló la sanción de ₡1.000.000 impuesta al ex entrenador del Deportivo Saprissa, José Giacone, por parte del Tribunal Disciplinario de la Federación Costarricense de Fútbol (Fedefútbol).

La sanción había sido impuesta tras declaraciones críticas que Giacone ofreció en conferencia de prensa luego de un partido, cuestionando el desempeño arbitral.

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Los recursos fueron presentados por el periodista Adrián “El Cazador” Barboza y la aficionada saprissista Emilia Ulloa, quienes alegaron que la sanción atentaba contra la libertad de expresión.

En su resolución número 2025-24742, la Sala IV explicó que, aunque usualmente no interviene en decisiones disciplinarias de entes deportivos privados, en este caso decidió pronunciarse por tratarse de una posible afectación a un derecho fundamental de alto valor democrático.

“Aunque las expresiones del director técnico contenían una crítica severa y sugerían irregularidades, no alcanzan el umbral de insultos, expresiones ultrajantes ni incitación a la violencia, por lo que están protegidas por el derecho a la libertad de expresión, según los estándares nacionales e internacionales”, señalaron los magistrados en la resolución.

Asimismo, los magistrados destacaron que sancionar estas expresiones limita el debate abierto sobre temas de interés público y restringe el acceso de la ciudadanía a información relevante sobre la actuación arbitral.

Con esta resolución, se anula la sanción contenida en el acuerdo del numeral 1.4.5.4 de la sesión ordinaria TDPD-TC-008-2025, celebrada el 10 de febrero de 2025, y además, se condena a la Fedefútbol al pago de costas, daños y perjuicios, los cuales serán determinados en ejecución de sentencia.

Este fallo marca un precedente importante en la defensa de los derechos fundamentales en el deporte.

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