Buscar en Google:

Cartaginés y Herediano reciben multas por pleito de sus aficionados

Enlace permanente de imagen incrustada

Los equipos Cartaginés y Herediano fueron multados por el Tribunal Disciplinario de la UNAFUT tras la gresca del miércoles anterior entre los seguidores de ambas escuadras. La gran novedad es que el club visitante sea "responsable" de lo que hagan sus seguidores en un partido que ellos no organizan.

Según se detalla en el informe del Disciplinario, "el club visitante es responsable, sin que se le impute una conducta u omisión culpable, de la conducta impropia de los espectadores considerados como sus seguidores".

Los brumosos deberán pagar ¢750.000 y su estadio no será vetado, mientras que los florenses deberán pagar ¢500.000.

Detalle de las multas y castigos:

MCPL. LIBERIA

Al equipo:

Una multa de ¢150.000.00 (CIENTO CINCUENTA MIL COLONES), por incurrir en conducta incorrecta en el terreno de juego, debido a que el árbitro tomó medidas disciplinarias contra al menos 5 diferentes integrantes de su equipo, siendo ésta la segunda vez, de conformidad con el artículo 41, inciso a) del Reglamento Disciplinario de la UNAFUT 2015-2016. La primera vez el día 26/01/2016, en la jornada #03.

Francisco Flores Zapata (jugador)

Un partido de suspensión y una multa de ¢50.000.00 (CINCUENTA MIL COLONES), por acumular cinco tarjetas amarillas en un mismo campeonato, de conformidad con el artículo 35 del Reglamento Disciplinario de la UNAFUT 2015-2016.

DEPORTIVO SAPRISSA

Al equipo

Una multa de ¢100.000.00 (CIEN MIL COLONES), por incurrir en conducta incorrecta en el terreno de juego, debido a que el árbitro tomó medidas disciplinarias contra al menos 5 diferentes integrantes de su equipo, siendo ésta la primera vez, de conformidad con el artículo 41, inciso a) del Reglamento Disciplinario de la UNAFUT 2015-2016.

Una multa de ¢200.000.00 (DOSCIENTOS MIL COLONES), el público lance objetos al terreno de juego que por sus características puedan causar una lesión, aun cuando no hayan contactado éstos con ninguno de los actores enumerados en el artículo 3 del presente reglamento incluyendo los árbitros, en este caso la multa se aumentará al doble de lo que corresponda, siendo ésta la primera vez, de conformidad con el artículo 67, punto 2 del Reglamento Disciplinario de la UNAFUT 2015-2016.

David Ramírez Ruiz (jugador)

Dos partidos de suspensión y una multa de ¢75.000.00 (SETENTA Y CINCO MIL COLONES), por golpear de cualquier manera mediante el juego brusco grave, especialmente mediante el empleo desmesurado de la fuerza o juego brutal o violento, de conformidad con el artículo 37 inciso c), del Reglamento Disciplinario de UNAFUT 2015.

MCPL. PÉREZ ZELEDÓN

Al equipo

Una multa de ¢100.000.00 (CIEN MIL COLONES), por incurrir en conducta incorrecta en el terreno de juego, debido a que el árbitro tomó medidas disciplinarias contra al menos 5 diferentes integrantes de su equipo, siendo ésta la primera vez, de conformidad con el artículo 41, inciso a) del Reglamento Disciplinario de la UNAFUT 2015-2016.

AD. SANTOS

Marco Madrigal Villalobos (jugador)

Un partido de suspensión y una multa de ¢50.000.00 (CINCUENTA MIL COLONES), por utilizar recursos prohibidos de cualquier forma para evitar un gol, de conformidad con el artículo 36 inciso c), del Reglamento Disciplinario de la UNAFUT 2015-2016.

CS. CARTAGINÉS

Al equipo

Una multa de ¢750.000.00 (SETECIENTOS CINCUENTA MIL COLONES), cuando la afición del club local en forma masiva antes, durante y/o después del partido provoque peleas, riñas o conflictos multitudinarios en las graderías sea entre aficionados del mismo club o entre éstos con aficionados del club visitante, siendo ésta la primera vez, de conformidad con el artículo 66 punto 1, del Reglamento Disciplinario de la UNAFUT 2015-2016.

Se apercibe al C.S. CARTAGINES, que en los casos siguientes de reincidencia de esta conducta se aplicara en forma automática el veto de uso de cancha por un partido sin necesidad de ulteriores apercibimientos.

CS. HEREDIANO

Al equipo

Una multa de ¢500.000.00 (QUINIENTOS MIL COLONES), el club visitante es responsable, sin que se le impute una conducta u omisión culpable, de la conducta impropia de los espectadores considerados como sus seguidores, siendo ésta la primera vez, de conformidad con el artículo 66 punto 2, del Reglamento Disciplinario de la UNAFUT 2015-2016.